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Beneficio Fiscal · Ley 38/1992

Exención del Impuesto de Matriculación por cambio de residencia a Mallorca: requisitos, plazos y tramitación

Si trasladas tu residencia habitual a Baleares procedente del extranjero, la ley te permite ahorrar el 100% del impuesto de matriculación (IEDMT). Te explicamos con exactitud los requisitos de la Agencia Tributaria.

Por Mostafa Essadeqy Salhi · Especialista DGT Mallorca
Actualizado: 28/02/2026
6 min de lectura
Fuentes verificadas
Resumen rápido (Respuesta directa)

El artículo 65.1.a de la Ley 38/1992 otorga la exención total (0 € de cuota) en el Impuesto de Matriculación (IEDMT - Modelo 576) a quienes trasladen su residencia habitual a España, siempre que se acredite: 1) Haber vivido en el extranjero al menos los 12 meses consecutivos previos; 2) Haber sido titular del coche en origen al menos 6 meses antes del traslado; 3) Solicitar la matriculación en los 60 días naturales posteriores al empadronamiento en Mallorca; y 4) No vender ni ceder el vehículo durante los 12 meses siguientes.

1. ¿En qué consiste la exención fiscal por traslado de residencia?

Cuando un ciudadano (español o extranjero) traslada su domicilio habitual a Mallorca desde otro país de la Unión Europea o de fuera de la UE (Alemania, Reino Unido, Suiza, Francia, Suecia, etc.), el legislador considera el vehículo particular como parte de sus bienes personales de traslado. Por ello, la Agencia Tributaria permite matricular el coche sin abonar el porcentaje del IEDMT (que puede llegar hasta el 14,75% del valor fiscal), lo que supone un ahorro directo de entre 1.000 € y más de 10.000 € según el modelo.

2. Los 4 requisitos legales obligatorios que exige Hacienda

Para que la Agencia Tributaria conceda la exención, es imperativo cumplir simultáneamente estas cuatro condiciones:

Requisito 01

Residencia en el extranjero de al menos 12 meses

Debes haber tenido tu residencia habitual fuera de España de forma continuada durante un mínimo de doce meses inmediatamente anteriores al traslado. Se acredita mediante certificado de baja consular, contratos de alquiler/trabajo o certificado de empadronamiento extranjero.

Requisito 02

Titularidad y uso del vehículo de al menos 6 meses

El vehículo debe haber estado matriculado a tu nombre en el país de origen y haber sido utilizado por ti durante un plazo mínimo de seis meses antes de la fecha en que causaste baja de residencia en el extranjero. No es válido comprar un coche pocos días antes de mudarse.

Requisito 03

Solicitud dentro de los 60 días naturales

La solicitud de matriculación y la petición de no sujeción/exención en el Modelo 576 deben presentarse ante la AEAT en el plazo estricto de 60 días naturales desde la fecha en que adquiriste la residencia habitual en España (fecha de alta en el padrón de tu municipio en Mallorca).

Requisito 04

Compromiso de no transmisión en 12 meses

El vehículo matriculado con exención no podrá ser vendido, cedido, arrendado ni transferido a terceros durante los 12 meses siguientes a la fecha de matriculación definitiva en España. El incumplimiento de este plazo obligará a ingresar el impuesto con recargos e intereses.

3. ¡Cuidado con el reloj! El plazo de los 60 días

El error más costoso al mudarse a Mallorca

Muchas personas se empadronan en Palma, Calvià o Andratx nada más llegar a la isla y esperan 3 o 4 meses antes de iniciar los trámites del coche. Al superar los 60 días naturales desde la fecha de empadronamiento, se pierde automáticamente el derecho a la exención fiscal y la Agencia Tributaria exigirá el 100% del pago del impuesto.

Recomendación: Contacta con nosotros en cuanto llegues a Mallorca para preparar la ficha técnica y la cita previa en la ITV dentro del plazo legal.

4. Documentación necesaria para justificar la exención ante la AEAT

El expediente administrativo de exención requiere aportar copias cotejadas de:

1. Certificado de baja consular o baja de residencia en origen: Documento oficial emitido por el Consulado de España o por el registro municipal del país de procedencia (ej. Abmeldebestätigung de Alemania/Austria o Certificat de radiation de Francia).
2. Volante de empadronamiento en Mallorca: Certificado expedido por el Ayuntamiento (Palma, Calvià, Manacor, etc.) con antigüedad inferior a 3 meses.
3. Permiso de circulación original a tu nombre: Que certifique que fuiste titular del vehículo al menos 6 meses antes de la baja.
4. Solicitud telemática del Modelo 576: Cumplimentada bajo la clave de no sujeción/exención por traslado de residencia.

5. ¿Qué ocurre durante los 12 meses posteriores a la matriculación?

La DGT y la Agencia Tributaria inscriben telemáticamente una limitación de disposición sobre el vehículo durante el primer año. Si durante ese periodo decides vender el coche a otra persona en España, deberás presentar una autoliquidación complementaria del Modelo 576 ingresando la parte proporcional del impuesto no pagado.

Preguntas frecuentes sobre cambio de residencia

¿Puedo acogerme a la exención si compré el coche de segunda mano en el extranjero?

Sí, siempre y cuando hayas sido el titular registrado en el permiso de circulación extranjero durante al menos 6 meses antes de trasladarte a vivir a Mallorca.

¿La exención también me libra de pagar la ITV y las tasas de la DGT?

No. La exención es exclusivamente sobre el Impuesto de Matriculación de Hacienda (IEDMT). Las tasas fijas de la DGT (99,77 €), la inspección técnica en la ITV de Mallorca (~100-140 €) y el impuesto municipal de circulación (IVTM) siguen siendo obligatorios.

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Fuentes y normativa oficial contrastada:

  • Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT)
  • Artículo 65.1.a de la Ley 38/1992 de Impuestos Especiales
  • Real Decreto 1165/1995 (Reglamento de los Impuestos Especiales)

Aviso: Esta información tiene carácter divulgativo e informativo conforme a la normativa vigente en 2026. Los procedimientos específicos pueden variar según las características técnicas del vehículo y la situación administrativa del solicitante.

ME

Mostafa Essadeqy Salhi

Fundador y Responsable de Operaciones en Matrícula Express Mallorca

Especialista en homologaciones técnicas, inspección previa en estaciones ITV de Mallorca (Son Oms, Can Pastilla, Inca, Manacor) y liquidación de impuestos de importación ante la Agencia Tributaria.